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Archivada la presunta relación de Ana Kringe con el caso Púnica

16 de octubre de 2023 - 15:56

La Audiencia Nacional ha emitido una resolución que pone fin a la pieza 10 del caso Púnica, donde se investigaba la contratación de servicios de gestión de reputación en línea por parte de varios líderes locales del Partido Popular (PP) a las empresas EICO y Madiva, dirigidas por el empresario informático Alejandro de Pedro. Esta investigación, que se inició en 2014 bajo la supervisión del entonces titular del juzgado, Eloy Velasco, involucraba a cerca de 40 personas, incluyendo varios exalcaldes, entre ellos Ana Kringe, quien ejercía el cargo de alcaldesa en Dénia en ese momento.

Según ha informado la cadena pública À Punt, el juez a cargo del caso ha determinado que no existen pruebas suficientes para sostener la presunción de un acuerdo entre los investigados en la comisión de delitos relacionados con contratos públicos. Entre los delitos examinados se encontraban la falsificación de documentos mercantiles, malversación de fondos, prevaricación, tráfico de influencias y soborno, entre otros.

Esta decisión se produce tras la confirmación de la sección cuarta penal de la Audiencia Nacional de archivar las acusaciones contra la exconsejera madrileña Lucía Figar en la misma "peça," argumentando que la contratación de servicios de gestión de reputación en línea no constituía una actividad delictiva en el ejercicio de su cargo público, lo que llevó a la dimisión de Figar en 2015.

El magistrado ha basado su fallo en la jurisprudencia del Tribunal Supremo y en una sentencia reciente de la sección primera penal, que abordó la contratación de servicios de gestión de reputación en línea por parte de funcionarios públicos de la Diputación de León. En ambos casos, se argumentó que no se había demostrado que estos servicios se llevaran a cabo en beneficio personal de los funcionarios involucrados.

El juez subraya la dificultad de distinguir entre la promoción de la imagen institucional de un funcionario público y su prestigio político personal, especialmente en el contexto de campañas de promoción en línea, redes sociales y medios de comunicación. Según el juez, resulta "extremadamente difícil, si no imposible," establecer una línea divisoria entre el papel de una persona en su cargo institucional y la labor institucional que representa.

El magistrado concluye que, dada la complejidad de esta distinción, sería impracticable y desnaturalizaría el sistema penal emprender investigaciones penales exhaustivas sobre cada político que tenga presencia en línea o que contrate servicios de marketing para promocionar su nombre o su institución.

En todos los contratos analizados, el juez considera que los servicios acordados se prestaron de acuerdo a lo convenido y que ninguna de las noticias publicadas estaba relacionada con asuntos de carácter privado de los alcaldes, sino que versaban sobre actividades relacionadas con sus funciones públicas. Además, no se encontraron pruebas que sugirieran que los precios pagados estuvieran por encima de los estándares del mercado en el ámbito de la publicidad en medios de comunicación.

1 Comentario
  1. Andrea Puig dice:

    Se ha tardado años pero Ana Kringe ha salido indemne de este juicio. Enhorabuena al PP de Denia y especialmente a Ana.


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