¿Dónde se pueden hacer quemas agrícolas en la Marina Alta y en qué zonas no está permitido? ¿Dónde se pueden hacer quemas agrícolas en la Marina Alta y en qué zonas no está permitido?
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¿Dónde se pueden hacer quemas agrícolas en la Marina Alta y en qué zonas no está permitido?

21 de abril de 2024 - 09:13

La temporada de incendios, que solía acompañar a los meses más cálidos del año, en verano, se ha desdibujado de tal forma que ahora en cualquier momento nuestras montañas pueden arder. Sin tener solo un origen, los incendios cada vez son más frecuentes y amenazan con destruir los pulmones verdes que quedan.

Pero da la casualidad que los recientes y preocupantes fuegos declarados en las últimas semanas han tenido un factor común: las quemas agrícolas. Esta comunidad autónoma tiene un fuerte carácter agrario y la temporada de poda deja muchos desechos que destruir. Sin embargo, otras circunstancias entran en juego. No ha llovido casi apenas desde el verano de 2023, las temperaturas son cada vez más inusualmente altas durante todo el año, las masas forestales de las montañas hace tiempo que crecen sin control (el abandono de los campos por su baja rentabilidad es la principal razón) y no se mantienen como es debido.

¿Qué dice la resolución de Conselleria?

El último de los incendios más sonados con todas estas características a su favor, y que a día de hoy está extinguido, ha sido el declarado en Tàrbena el pasado domingo 14 de abril, y que ha arrasado unas 670 hectáreas entre el municipio, la Sierra del Ferrer y la Sierra de Carrascar en la Vall de Pop. Fue este suceso el que llevó a la Conselleria de Justicia e Interior de la Generalitat, mediante el director general de Prevención de Incendios Forestales, a modificar «el período de quema de márgenes de cultivo o de eliminación de residuos agrícolas o forestales mediante el uso del fuego» mediante una resolución publicada en el DOGV.

La noticia saltó el día siguiente de declararse el fuego y suspendió las quemas hasta el próximo 15 de octubre. Las razones ya han sido mencionadas más arriba, pero la explicación de Conselleria dice textualmente: «Vistas las especiales condiciones de riesgo de incendios forestales que está afectando a la Comunitat Valenciana, provocado por un notable déficit de precipitaciones, superior al 90% en algunas comarcas, que se prolonga desde el verano pasado, al que acompaña unas temperaturas inusualmente elevadas y reiterados episodios de fuertes vientos terrales. Dado que estas condiciones meteorológicas acumuladas por un período de tiempo tan prolongado han provocado una situación de elevado estrés hídrico en la vegetación, que se encuentra muy desecada y con un bajo contenido de humedad, lo que hace que ésta esté más disponible para arder, facilitando las igniciones y la propagación posterior del fuego».

La teoría está clara. Pero la práctica, no tanto. Desde el anuncio de la prohibición, numerosos colectivos agrícolas, como los principales sindicatos agrarios, AVA-Asaja y la Unión Llauradora, han manifestado la contradicción por la decisión, ya que si los rastrojos no se eliminan, los campos se pueden convertir en un polvorín más. Pero la resolución, que no estuvo clara desde el primer momento, señala a la suspensión de la «quema de márgenes de cultivo o de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola en todo el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana que comprende los terrenos forestales, los colindantes y aquellos situados en la Zona de Influencia Forestal».

Dónde sí y dónde no quemar

Por ello, en las parcelas ubicadas a más de 500 metros de distancia de terrenos forestales, podrá continuarse con la actividad de quema en las mismas condiciones que existían previamente a la publicación de la resolución, mientras que en los campos que queden dentro de esos 500 metros no estará permitido.

El equipo gráfico de LaMarinaAlta.com, como se puede observar a continuación, ha hecho una reconstrucción del mapa de la Marina Alta a partir del visor cartográfico de la GVA que marca aquellas zonas dentro de los 500 metros de distancia de los terrenos forestales donde no se puede quemar. Cabe señalar de nuevo que es una reconstrucción, para tener una visión general de la comarca donde no está permitida la actividad. En caso de querer consultar un terreno agrícola con precisión, será necesario acceder al visor mencionado y llevar a cabo la siguiente ruta de acceso a la capa que mostrará las zonas prohibidas: Medio Ambiente > Prevención de Incendios > Zona de Influencia Forestal (ZIF) 500 m. El mapa definiendo las zonas será visible a partir de la escala 1:50.000.

Excepciones

La resolución inicial dicta que «quedan expresamente exceptuados de esta resolución la eliminación de residuos vegetales procedentes de rastrojos y paja de arroz, en superficies de cultivo ubicadas en el entorno de l'Albufera de Valencia y situadas en la Zona de Influencia Forestal, que se regularán de acuerdo con lo indicado en el artículo 1.2, letra c), del anexo VIII, del Decreto 91/2023».

En una aclaración posterior a la publicación de la resolución en el DOGV, Conselleria puntualiza que dentro de las zonas donde no se permiten las quemas, se establecen otras excepciones puntuales, siempre de carácter extraordinario. Las situaciones y procedimientos para solicitar dichas excepciones son:

  • Parcelas en las que se encuentren residuos agrícolas que deban de ser eliminados por razones fitosanitarias mediante el empleo de fuego. Para ello, los titulares dirigirán solicitud al Servicio de Sanidad Vegetal de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, acompañada de un informe técnico elaborado por un profesional colegiado con competencias en sanidad vegetal y que justifique la necesidad de quema y la imposibilidad de empleo de métodos alternativos. Validado el informe por parte de Sanidad Vegetal, si procede, el Director General de Prevención de Incendios Forestales emitirá resolución favorable a la quema.
  • Parcelas en las que se hayan arrancado cultivos leñosos previamente a la publicación de la resolución y estén pendiente de quema para la replantación o transformación. En este caso, los titulares dirigirán solicitud al Servicio de Sanidad Vegetal de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca. Comprobada la necesidad por parte de personal de la citada Conselleria, el Director General de Prevención de Incendios Forestales emitirá resolución favorable a la quema.

En ambos casos, las solicitudes podrán presentarse en cualquier registro oficial, preferentemente en la Oficina Comarcal Agraria a la que pertenezca la explotación, o bien a través del trámite telemático genérico (procedimiento).

La Conselleria, después de anunciar la prohibición de las quemas agrícolas, insistió en remarcar que estas medidas tienen un carácter excepcional. Además, apuntaron que si las circunstancias que han motivado su publicación cambiaran, se podría publicar otra resolución que autorizara de nuevo las quemas.

Precaución y responsabilidad

Para poder quemar, será necesario siempre asegurarse del estado de alerta vigente sobre el riesgo de incendios de Conselleria, siempre y cuando el campo donde se realice quede fuera de los 500 metros de la masa forestal o se den, con permiso, las dos excepciones mencionadas.

Por otro lado, en la comarca, ya se han visto las primeras reacciones a todo el asunto. Por el momento, el Ayuntamiento de Xàbia, mediante un decreto de alcaldía, estableció el pasado viernes suspender las autorizaciones de las quemas, también hasta el 15 de octubre, sea cual sea la ubicación del terreno.

Además, cabe destacar que cada municipio tendrá su plan local de quemas o de prevención de incendios a respetar. Por ello, ante cualquier tipo de duda, será necesario dirigirse al Ayuntamiento correspondiente para asegurarse de que se cumple con la normativa municipal y autonómica.

1 Comentario
  1. Holliger dice:

    Es sollte Generell verboten werden im freien ein Feuer zu machen. Ob jetzt 500 Meter von einem Wald entfernt oder in Feldern wo es bewohnte Häuser hat.


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